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POLÍTICA DE COMPRAS FINANCIADAS CON ADDI CRÉDITO Y OTROS - KOOZER COLOMBIA

POLÍTICA DE COMPRAS FINANCIADAS MEDIANTE ADDI

KOOZER COLOMBIA

Última actualización: 16 de septiembre de 2025

La presente Política regula las condiciones comerciales aplicables a las órdenes realizadas en KOOZER COLOMBIA cuando el cliente selecciona ADDI como mecanismo de financiación o pago diferido.

Esta Política forma parte de las condiciones aplicables a la compra y debe ser consultada por el consumidor antes de finalizar su pedido.


1. ALCANCE

La presente Política aplica a las órdenes efectuadas a través de los canales de venta de KOOZER COLOMBIA en las que el consumidor seleccione ADDI como mecanismo de financiación.

La utilización de ADDI está sometida tanto a las condiciones comerciales establecidas por KOOZER COLOMBIA para aceptar dicho mecanismo de pago como a las condiciones, procedimientos de aprobación y demás disposiciones aplicables por parte de ADDI.


2. NATURALEZA DE LA FINANCIACIÓN

KOOZER COLOMBIA actúa como proveedor o expendedor de los productos comercializados y no como entidad otorgante del crédito concedido por ADDI.

La aprobación, monto aprobado, condiciones financieras, cuotas, intereses, fechas de pago y demás aspectos propios de la financiación corresponden a la relación jurídica que resulte aplicable entre el consumidor y ADDI.

Lo anterior no excluye ni limita las obligaciones legales que correspondan a KOOZER COLOMBIA en su calidad de proveedor o expendedor, ni los derechos reconocidos al consumidor por la legislación colombiana.


3. MONTO MÍNIMO OBLIGATORIO PARA COMPRAS MEDIANTE ADDI

KOOZER COLOMBIA ha establecido un valor mínimo de compra de SETECIENTOS MIL PESOS COLOMBIANOS ($700.000 COP) para aceptar ADDI como mecanismo de financiación de un pedido.

Esta es una condición comercial de KOOZER COLOMBIA para la utilización de ADDI en sus canales de venta.

En consecuencia:

a. Únicamente serán aceptadas para despacho mediante ADDI las órdenes cuyo valor sujeto a esta condición sea igual o superior a $700.000 COP.

b. Los pedidos inferiores a $700.000 COP no cumplen las condiciones comerciales establecidas por KOOZER COLOMBIA para utilizar ADDI.

c. La aprobación de una solicitud de financiación por ADDI, la generación de una transacción, la autorización del mecanismo de pago o la recepción electrónica de la orden no subsanan ni eliminan el incumplimiento del monto mínimo establecido por KOOZER COLOMBIA.

d. Todos los pedidos realizados mediante ADDI estarán sujetos, antes de su despacho, a la verificación del cumplimiento del monto mínimo y de las demás condiciones comerciales aplicables a la orden.

e. Si durante dicha verificación KOOZER COLOMBIA determina que un pedido realizado mediante ADDI tiene un valor inferior a $700.000 COP, el pedido será cancelado y no será despachado.

f. Esta cancelación podrá efectuarse aunque la solicitud de financiación haya sido previamente aprobada o procesada por ADDI, dado que la aprobación financiera y la verificación de las condiciones comerciales aplicables al pedido corresponden a actuaciones distintas.

g. KOOZER COLOMBIA informará al consumidor de la cancelación del pedido y realizará las actuaciones que legal o contractualmente le correspondan frente al intermediario o participante del proceso de pago para gestionar la cancelación, ajuste o devolución que resulte procedente.

h. La existencia de esta regla deberá ser informada al consumidor de manera clara y visible antes de finalizar la compra.


4. VALIDACIÓN DEL PEDIDO ANTES DEL DESPACHO

La recepción automática de un número de pedido, correo de confirmación, autorización electrónica o notificación generada por la plataforma no impide la posterior verificación de las condiciones objetivas previamente informadas al consumidor, incluyendo el monto mínimo requerido para utilizar ADDI.

Cuando se detecte antes del despacho que una orden realizada mediante ADDI incumple el monto mínimo establecido en esta Política, KOOZER COLOMBIA:

  1. Cancelará el pedido.
  2. No realizará el despacho de la mercancía.
  3. Informará al consumidor sobre la causa de la cancelación.
  4. Adelantará las actuaciones que le correspondan dentro del proceso de cancelación de la operación asociada a la orden.
  5. El consumidor podrá realizar una nueva compra utilizando otro medio de pago disponible o realizar una compra mediante ADDI que cumpla el monto mínimo establecido.

La cancelación prevista en este artículo no podrá generar una penalidad para el consumidor derivada exclusivamente del incumplimiento del monto mínimo aquí establecido.


5. INFORMACIÓN PREVIA AL CONSUMIDOR

Antes de finalizar una compra mediante ADDI, KOOZER COLOMBIA informará de manera visible que:

IMPORTANTE – COMPRAS MEDIANTE ADDI

KOOZER COLOMBIA acepta ADDI únicamente para compras con un valor mínimo de $700.000 COP.

Los pedidos inferiores a este monto no serán despachados.

Si por razones técnicas la plataforma permite procesar mediante ADDI una orden inferior a $700.000 COP, el pedido será cancelado durante la validación previa al despacho, aun cuando la financiación haya sido inicialmente aprobada o procesada por ADDI.

Al continuar con ADDI, el cliente declara haber sido informado de esta condición comercial antes de finalizar su pedido.

Esto es particularmente importante porque el artículo 23 de la Ley 1480 exige que la información suministrada al consumidor sea clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea; y el artículo 50 establece obligaciones específicas de información en comercio electrónico.


6. DERECHO DE RETRACTO

El derecho de retracto se regirá por el artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, sus modificaciones y demás normas aplicables.

Cuando legalmente proceda, el consumidor podrá ejercerlo dentro del término establecido por la ley y deberá cumplir las condiciones legalmente exigibles para la devolución del producto.

Ninguna disposición de esta Política pretende excluir, restringir o hacer renunciar al consumidor a un derecho de retracto que legalmente resulte procedente.

Cuando proceda la devolución de dinero derivada del ejercicio válido del retracto, se aplicarán los términos y procedimientos establecidos por la legislación vigente. La Ley 2439 de 2024 modificó el régimen de devolución del dinero asociado al retracto, incluyendo reglas sobre la aplicación de la suma al instrumento o medio de pago correspondiente y un término máximo legal.


7. DEVOLUCIONES, AJUSTES Y OPERACIONES FINANCIADAS

Cuando una compra haya sido financiada mediante ADDI, cualquier devolución, cancelación o ajuste deberá tramitarse respetando tanto la legislación aplicable como el procedimiento correspondiente al mecanismo de financiación utilizado.

KOOZER COLOMBIA no entregará al consumidor en efectivo, transferencia bancaria u otro mecanismo distinto una suma que deba legal o contractualmente ser aplicada a la operación financiada o al instrumento de pago correspondiente, salvo que la legislación aplicable o el procedimiento correspondiente establezca otra cosa.

KOOZER COLOMBIA realizará las actuaciones que le correspondan como proveedor respecto de la cancelación, devolución o ajuste y ADDI realizará aquellas que correspondan a la operación financiera.

Esta disposición no limita la responsabilidad legal que corresponda a KOOZER COLOMBIA como proveedor o expendedor.


8. REVERSIÓN DEL PAGO

La reversión de pagos realizados mediante instrumentos de pago electrónico se regirá por el artículo 51 de la Ley 1480 de 2011 y el Decreto 587 de 2016, compilado en el Decreto 1074 de 2015, así como por las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.

La legislación contempla, entre otros, supuestos relacionados con fraude, operaciones no solicitadas, producto no recibido, producto que no corresponda a lo solicitado y producto defectuoso.

KOOZER COLOMBIA atenderá las obligaciones que legalmente le correspondan dentro de un procedimiento de reversión.

Ninguna disposición de esta Política podrá interpretarse como renuncia, exclusión o limitación de un derecho de reversión reconocido por la legislación colombiana.


9. CAMBIOS DE PRODUCTO

Los cambios de producto se efectuarán conforme a la legislación aplicable, la garantía legal cuando corresponda, la disponibilidad de inventario y las políticas comerciales vigentes de KOOZER COLOMBIA.

Las políticas voluntarias de cambio ofrecidas por KOOZER COLOMBIA no sustituyen ni restringen los derechos derivados de la garantía legal, el retracto u otros derechos que resulten aplicables al consumidor.

Cuando el cambio solicitado corresponda exclusivamente a una política comercial voluntaria y no al ejercicio de un derecho legal, se aplicarán las condiciones previamente informadas por KOOZER COLOMBIA.


10. APROBACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CRÉDITO

KOOZER COLOMBIA no decide sobre:

  • La aprobación o rechazo de la solicitud de financiación por ADDI.
  • El cupo de crédito concedido al consumidor.
  • Las condiciones financieras establecidas por ADDI.
  • La administración de las cuotas correspondientes al crédito.
  • Los procesos internos de evaluación crediticia de ADDI.

Las consultas o reclamaciones exclusivamente relacionadas con la administración del crédito deberán presentarse ante ADDI por los canales dispuestos para tal finalidad.

Esto no impide que el consumidor presente ante KOOZER COLOMBIA las peticiones o reclamaciones relacionadas con las obligaciones que correspondan a KOOZER COLOMBIA como proveedor del producto.


11. ACEPTACIÓN Y CONSTANCIA DE LAS CONDICIONES

Antes de finalizar una compra financiada mediante ADDI, el consumidor tendrá a su disposición esta Política y la información relativa al monto mínimo de $700.000 COP.

Al seleccionar ADDI y continuar con el proceso de compra, el consumidor manifiesta haber tenido la oportunidad de conocer las condiciones aplicables al pedido.

KOOZER COLOMBIA podrá conservar los registros electrónicos relacionados con la orden, incluyendo fecha y hora, información presentada durante el proceso de compra, medio de pago seleccionado, aceptación de términos cuando corresponda y demás evidencia electrónica generada por la plataforma, de conformidad con la legislación aplicable.


12. PREVALENCIA DE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR

Esta Política deberá interpretarse conforme a la Ley 1480 de 2011 —Estatuto del Consumidor—, la Ley 2439 de 2024, el Decreto 1074 de 2015 y demás normas colombianas aplicables.

Ninguna disposición contenida en esta Política tiene por objeto excluir derechos irrenunciables del consumidor ni limitar obligaciones que legalmente correspondan a KOOZER COLOMBIA.

Si una disposición de esta Política resultara incompatible con una norma imperativa de protección al consumidor, prevalecerá la disposición legal aplicable, sin afectar en lo posible la validez de las demás condiciones.

La SIC ha advertido precisamente sobre términos de comercio electrónico que pretendan limitar responsabilidades legales o implicar renuncias a derechos del consumidor.


13. AUTORIDAD DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Los consumidores conservan el derecho de acudir ante las autoridades competentes en los casos y bajo los procedimientos establecidos por la legislación colombiana.

De conformidad con el artículo 50 de la Ley 1480 de 2011, el sitio de comercio electrónico deberá disponer de un enlace visible y fácilmente identificable hacia la autoridad colombiana de protección al consumidor. La propia SIC reiteró esta obligación en un concepto publicado en 2025.

Superintendencia de Industria y Comercio – Protección al Consumidor


14. VIGENCIA Y MODIFICACIONES

KOOZER COLOMBIA podrá modificar esta Política para futuras operaciones cuando resulte necesario por cambios comerciales, operativos o normativos.

Las modificaciones no tendrán efectos retroactivos sobre operaciones ya celebradas cuando ello perjudique derechos adquiridos o resulte contrario a la legislación aplicable.

La versión aplicable será aquella que se encuentre publicada y haya sido puesta a disposición del consumidor al momento de realizar la correspondiente operación.

Fecha de actualización: 16 de septiembre de 2025.

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